jueves, 28 de febrero de 2013

Condenado por matar siete cachorros

“El que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente a un animal doméstico o amansado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud, será castigado con la pena de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales”. (Artículo 337, Capítulo IV De los delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos, Título XVI De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y del medio ambiente).



Hoy os doy traslado de un escrito de la Asociación para la Liberación y el Bienestar Animal (ALBA), personada en la causa como acusación particular, tras la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº3 de Alcalá de Henares que marca un antes y un después, en nuestro panorama judicial, en materia de maltrato animal.

CONDENADO POR MATAR 7 CACHORROS ALBA consigue una sentencia histórica.

Un juez condena a 4 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, INHABILITACIÓN PARA EL EJERCICIO DE PROFESIÓN, OFICIO O CARGO RELACIONADO CON ANIMALES POR TIEMPO DE UN AÑO Y SEIS MESES y al pago de las costas, incluidas las de la acusación particular a J.H.A. por matar a palos y golpeándoles contra la pared a los cachorros que acababa de parir su perra de caza.

El pasado día 10 de enero de 2013 se celebró Juicio Oral contra Don J.H.A por un supuesto delito de maltrato animal. Dicho procedimiento se inició por denuncia presentada por A.L.B.A. contra Don J.H.A., quedando probado que el pasado 10 de septiembre de 2007 el acusado golpeó con un palo a siete cachorros de perro recién nacidos, lanzándolos a continuación contra la pared ocasionándoles la muerte. Posteriormente, arrojó los cadáveres de los animales a un contenedor de basura. Dichos hechos fueron denunciado ante la Guardia Civil, quién instruyó el correspondiente atestado el cual fue remitido al Juzgado de Instrucción nº 6 de Torrejón de Ardoz y posteriormente al Juzgado de lo Penal nº 3 de Alcalá de Henares.

Por el Ministerio Fiscal se solicitaba por un delito de maltrato animal previsto y penado en el art. 337 del Código Penal la pena de un año de prisión, e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación para el ejercicio de profesión, oficio o cargo relacionado con animales por tiempo de tres años, y las costas.

Igualmente la acusación particular constituida por A.L.B.A., solicitaba la misma pena que el Ministerio Fiscal.

El Juzgado de lo Penal nº 3 de Alcalá de Henares, ha dictado sentencia condenatoria cuyo fallo es el siguiente:

“Que debo condenar y condeno al acusado D.J.H. A, como responsable criminalmente en concepto de autor de un delito de maltrato animal, antes definido, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a las penas de CUATRO MESES DE PRISIÓN, e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, E INHABILITACIÓN PARA EL EJERCICIO DE PROFESIÓN, OFICIO O CARGO RELACIONADO CON ANIMALES POR TIEMPO DE UN AÑO Y SEIS MESES. Y costas, incluidas las de la acusación particular”.



Mi enhorabuena a ALBA por esta histórica sentencia. Gracias.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Ójala la Justicia se empleara así de bien en todos los ámbitos en nuestro país.
En Cuenca, la Asociación Cuencanimal también ha denunciado a un particular por la brutalidad con la que maltrató a uno de sus perros (creo también que de caza), que luego abandonó. A ver si le pasa lo mismo, hijopu...
Esther.

La Cornucopia dijo...

Ya va siendo hora de que estos hechos no queden impunes, aunque con esas penas, no siendo superior a dos años, si no reincide, no hay cárcel.